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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Miércoles, 8 de julio de 2020 Pág. 27088

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2020, de la Secretaría General de Empleo, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la adenda al acuerdo entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales Confederación Intersindical Galega, Comisiones Obreras de Galicia, Central Sindical Independiente de Funcionarios y Unión General de Trabajadores de Galicia, sobre el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

Visto el texto de la adenda al acuerdo entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales Confederación Intersindical Galega, Comisiones Obreras de Galicia, Central Sindical Independiente de Funcionarios y Unión General de Trabajadores de Galicia, sobre el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, la Secretaría General de Empleo

RESUELVE:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (Regcon), creado mediante Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG nº 222, de 18 de noviembre).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2020

Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo

Adenda al acuerdo entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales Confederación Intersindical Galega, Comisiones Obreras de Galicia, Central Sindical Independiente de Funcionarios y Unión General de Trabajadores de Galicia sobre el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras

Con fecha de 11 de junio de 2018 (DOG nº 235, de 11 de diciembre) se firmó el acuerdo entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales Comisiones Obreras de Galicia, Unión General de Trabajadores de Galicia, Confederación Intersindical Galega y Central Sindical Independiente de Funcionarios de Galicia, sobre el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras, que se fundamentaba sobre tres ejes.

1º. Racionalización de las categorías laborales existentes, con la refundición de categorías con funciones similares.

2º. Definición de funciones de las categorías laborales, en orden a buscar una regulación que supere la existente, que es claramente obsoleta.

3º. Dotación de plazas y cobertura de las mismas mediante procesos selectivos: el objetivo fundamental es contar con puestos dedicados a la vigilancia de carreteras.

En el DOG nº 19, de 28 de enero de 2019, se publicó el Acuerdo de concertación del empleo público de Galicia firmado entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT con fecha de 15 de enero de 2019.

Dentro de los objetivos que se marcan en dicho acuerdo está el de avanzar en la reglamentación establecida en la Comunidad Autónoma en relación con la funcionarización del personal laboral dentro del marco más amplio que permita la normativa, con la finalidad de tender a un único régimen jurídico, el funcionarial, para el personal dependiente de la Dirección General de la Función Pública.

Otro de los objetivos que se extrae del acuerdo de concertación es el fomento de la promoción interna, para el cual se prevé que no se computen dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen mediante procesos de promoción interna.

Por lo demás, y en lo que atañe específicamente al acuerdo firmado entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales sobre el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras, el acuerdo de concertación prevé la incorporación en la OEP de 2019 de los compromisos asumidos en relación con el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

Así pues, el nuevo marco diseñado por el acuerdo de concertación, así como la previsión de inclusión en la OEP de 2019 de los compromisos de oferta de plazas de personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras a procesos selectivos de promoción interna, previstos para el año 2018 y 2019, hacen conveniente introducir modificaciones en el acuerdo entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales Comisiones Obreras de Galicia, Unión General de Trabajadores de Galicia y Central Sindical Independiente de Funcionarios de Galicia sobre el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

Acuerdan:

Primero. Modificar el punto 1º Racionalización de categorías laborales, que pasará a quedar redactado de la siguiente manera:

1º. Funcionarización de categorías laborales.

El personal laboral fijo del grupo III, categorías 7 (técnico/a práctico/a en control y vigilancia de obras, técnico auxiliar de obras), 8 (encargado/a general), 9 (técnico/a práctico en control y vigilancia de obras, explotación y conservación de carreteras), 60 (auxiliar técnico/a de obra, auxiliar técnico/a de obra TIE), 23 (celador de carreteras/capataz de carreteras), 64 (operador/a de maquinaria pesada) y 67 (capataz de cuadrilla), será objeto de un proceso de funcionarización al amparo del acuerdo de concertación.

Al personal laboral fijo que, a consecuencia de este proceso, adquiera la condición de funcionario/a de carrera, se le adjudicará destino definitivo, de carácter funcionarial, en el mismo puesto que venía desempeñando con carácter definitivo.

Esta previsión será aplicable exclusivamente al personal laboral fijo de las categorías y del grupo del ámbito de aplicación de este acuerdo.

Segundo. Modificar el punto 3º Dotación de plazas y cobertura de las mismas mediante procesos selectivos, que queda redactado de la siguiente manera:

3º Dotación de plazas y cobertura de las mismas mediante procesos selectivos.

La Agencia Gallega de Infraestructuras fija como objetivo la creación de un mínimo de 57 plazas de la escala de agentes de inspección, especialidad de vigilancia de carreteras (subgrupo C1), para atender las peticiones de realización de funciones de vigilancia trasladadas por parte del personal laboral fijo en las encuestas realizadas, a petición de las organizaciones sindicales, en los servicios provinciales de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

En un primer turno se ofertarán 38 plazas, para convocar lo antes posible tras la firma de esta adenda y resolverlas en el año 2019. Las plazas que quedasen sin cubrir se acumularán a las 19 plazas restantes y se ofertarán en el año 2020, poniendo fin a este acuerdo.

Las plazas de nueva creación se unirán a las que ya existan como consecuencia de la funcionarización de las categorías que se relacionan en el punto 1 de este acuerdo.

La cobertura de esas plazas será objeto de un proceso selectivo de funcionarización, mediante una promoción interna separada, en la cual solo podrá participar el personal laboral fijo de la categoría 31 del grupo IV (peón caminero), siempre y cuando posean la titulación necesaria, hayan prestado servicios efectivos durante por lo menos dos años, como personal laboral fijo, y reúnan los requisitos exigidos, y será por el sistema de concurso-oposición.

Las partes acuerdan que, finalizados todos los procesos de promoción interna previstos en este acuerdo a la escala de agentes de inspección, especialidad de vigilancia de carreteras (subgrupo C1), se ofertarán, en su caso, al turno de acceso libre las vacantes que hubiera en el último proceso de promoción interna a esta escala, según las previsiones establecidas en la normativa en materia de función pública.

La Consellería de Infraestructuras y Movilidad se compromete, junto con las centrales sindicales, a promover el procedimiento necesario para que el personal del grupo IV categoría 31 que no tenga la titulación exigida pueda concurrir a una plaza de la escala de agentes de inspección, especialidad de vigilancia de carreteras (subgrupo C1), mediante el proceso de promoción interna descrito en este punto, una vez obtenida la titulación académica necesaria, para lo cual la Administración promoverá el procedimiento adecuado para la obtención de esa titulación necesaria.

Se dará traslado de esta adenda al órgano competente en materia de función pública para que las plazas se incluyan en las correspondientes ofertas de empleo público en el turno de promoción interna.

La creación de plazas se hará efectiva una vez terminado cada uno de esos procesos selectivos.

La Administración, a través de la Dirección General de la Función Pública, negociará con las organizaciones sindicales las bases de esos procesos.

Tercero. Se suprime el ordinal 5º Funcionarización del acuerdo entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales Confederación Intersindical Galega, Comisiones Obreras de Galicia, Central Sindical Independiente de Funcionarios de Galicia y Unión General de Trabajadores de Galicia, sobre el personal laboral de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por quedar recogido en el punto 1º del acuerdo.

Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 2019