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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Martes, 30 de junio de 2020 Pág. 25903

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2020 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Rianxo III.

Visto el expediente instruido a efectos de la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Rianxo III resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de fecha 17 de enero de 2020, Jacinto Fungueiriño Muñiz y Rosa Suárez Otero, solicitaron autorización para transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Rianxo III.

Segundo. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea y de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre la tramitación del expediente son favorables.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243 de 15 de diciembre), con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, del derecho civil de Galicia (DOG núm. 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 228, de 21 de noviembre), en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en aguas de Galicia (DOG núm. 126, de 2 de julio).

Por todo lo anterior, resuelvo:

Autorizar la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, a favor de Rosa María Fungueiriño Suárez (***6010**), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Rianxo III.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 180.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 20.5.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Jacinto Fungueiriño Muñiz (***7494**) y Rosa Suárez Otero (***6669**).

Nueva titular: Rosa María Fungueiriño Suarez (***6010**).

La nueva titular de la concesión queda subrogada en los derechos y obligaciones de los anteriores titulares.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa que se interpondrá en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Este plazo comenzará a contar desde el 1 de junio de 2020, fecha en la que se reanuda el cómputo de los plazos administrativos suspendidos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Real decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

A Coruña, 4 de junio de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
El jefe territorial de A Coruña
P.D. (Resolución de 6.11.2019)
María José Cancelo Baquero
Jefa del Servicio de Recursos Marinos