Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado en Ourense el día 25.11.2019 por el ingeniero técnico industrial Pablo López Alonso, colegiado nº 3802 do Coeticor.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A., CIF: A-63222533.
Domicilio: A Batundeira nº 2, Velle, 32960 Ourense.
Denominación: LMTS, CT y RBT Curros Enríquez 62-Xinzo.
Situación: rúa Curros Enríquez nº 62, ayuntamiento de Xinzo de Limia.
Presupuesto: 32.551,39 €.
Características técnicas:
– LMTS, a 20 kV, con E/S en CT proyectado (Curros Enríquez núm. 62-Xinzo), conductor tipo RHZ1 1X240 mm2 Al, tiene su origen en la LMTS existente desde CT 32CFW8 (Cerdeiro) y final en el CT proyectado y conexión con LMTS a CT 32CCX8 (calle Lagoa), con una longitud de 40 m.
– RTBS, en conductores tipo XZ1 1x240 Al e 1x150 Al con origen en la correspondiente celda de salida del CT proyectado y final en la CGP de los abonados, longitud total 32 m.
– Centro de transformación (CT) Compacto telecontrolado GSM/GPRS/FO 2L1P 250KVA/20 kV sin envolvimiento y de maniobra exterior, con aislamiento en aceite mineral.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios previstos en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, subministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos polos ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Ourense, 3 de junio de 2020
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense