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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Viernes, 5 de junio de 2020 Pág. 22505

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban las bases del procedimiento telemático de elección de destino, a través de Fides/expedient-e, en los procesos de selección fija convocados por el Servicio Gallego de Salud.

Con base en la legislación básica estatal contenida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el objeto de avanzar en hacer efectivo el derecho de los/las ciudadanos/as a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas y la consiguiente obligación de éstas de dotarse de los medios y sistemas necesarios para que ese derecho pueda ejercerse, se hace necesario incorporar la fase de elección de destino de los/las aspirantes seleccionados/as en los procesos de selección fija convocados por el Servicio Gallego de Salud, su tramitación a través del sistema de información Fides/expedient-e ,que ya resulta de aplicación a las fases de inscripción y baremación de méritos de tales procesos.

De conformidad con lo expuesto, esta dirección general, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 137/2019, de 10 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud (DOG núm 208, de 31 de octubre) y previo informe en la Mesa Sectorial de Sanidad,

RESUELVE:

Artículo único. Aprobar las bases del procedimiento telemático de elección de destino, a través de Fides/expedient-e, en los procesos de selección fija convocados por el Servicio Gallego de Salud, que se incluyen como anexo de esta resolución.

Este procedimiento será de aplicación a los procesos selectivos de nueva convocatoria y a los ya convocados, pendientes de elección de destino, excepto aquellos que por sus especificidades así se determine por el órgano convocante.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta dirección, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o se podrá impugnar directamente en la jurisdicción contencioso-administrativa en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2020

Margarita Prado Vaamonde
Directora general de Recursos Humanos

ANEXO

BASES

Primera. Destinatarios

El procedimiento que regula las presentes bases será de aplicación a las personas aspirantes seleccionadas en los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal fijo convocados por el Servicio Gallego de Salud.

Segunda. Plazas ofertadas

La resolución de la Dirección General de Recursos Humanos por la que se aprueba la relación de aspirantes definitivamente seleccionados/as en el respectivo proceso, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia, incluirá la relación de plazas ofertadas en la correspondiente categoría/especialidad, identificadas como mínimo por localidad, centro y en su caso, turno.

Tercera. Plazo

Los/las aspirantes que consten en esta resolución dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de esta publicación para manifestar su opción por los destinos ofertados, que deberá efectuarse a través del sistema de información Fides/expedient-e.

Cuarta. Procedimiento de selección de destinos

Para la selección de destinos a través de Fides/expedient-e, el/la aspirante deberá proceder de la siguiente forma:

4.1. Accederá en su expediente electrónico a la pestaña de «Procesos», «Inscripción OPE» y a la categoría/s en la/s que resultó seleccionado/a.

4.2. El/la aspirante visualizará su solicitud de participación en el proceso en el estado de validada editable.

4.3. En el detalle de la inscripción constará un nuevo apartado, denominado “Selección destinos OPE”, en el que el/la aspirante dispondrá de la información relativa a la posición que ocupa a efectos de elección de destino, según el orden de puntuación obtenida en el proceso y turno de acceso, así como de la totalidad de plazas que se ofertan en su categoría/especialidad.

4.4. A continuación, la persona aspirante procederá a seleccionar, por orden de preferencia, los destinos que se ofertan.

4.5. Efectuada la selección de destinos, por el orden de prelación que considere, el/la aspirante deberá proceder a firmar electrónicamente el formulario de selección y presentarlo por registro electrónico.

Para el registro electrónico del formulario de selección se requerirá un certificado digital válido, expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o Camerfirma o DNI electrónico.

4.6. La aplicación informática permitirá al/a la aspirante que así lo desee seleccionar un número de destinos inferior al de la posición que ocupa en el proceso, advirtiendo en este supuesto que, de no resultar adjudicatario/a de ninguno de los destinos seleccionados, decaerá del derecho a ser nombrado personal estatutario fijo quedando sin efecto todas sus actuaciones en este proceso.

Quinta. Modificación

El/la aspirante seleccionado/a podrá modificar la selección efectuada mientras esté habilitado el plazo de elección de destinos. Toda modificación que se desee efectuar sobre la selección inicial requerirá la firma digital y presentación por registro electrónico. El sistema tendrá en cuenta para la adjudicación de destino la última modificación efectuada.

Sexta. Renuncia

6.1. El/la aspirante, dentro del plazo que se indica en la base tercera, podrá renunciar, si así lo desea, a la selección de destinos efectuada. Dicha renuncia deberá efectuarse a través de Fides/expedient-e ,en el apartado de «Renuncia destinos». Para que sea efectiva, deberá ser firmada digitalmente y presentada por registro electrónico.

La renuncia presentada podrá ser revocada por el/la aspirante a través del mismo procedimiento y plazo indicados.

6.2. El/la aspirante que ejerza esta opción quedará excluido del proceso y decaerá de su derecho a ser nombrado personal estatutario fijo en la respectiva categoría/especialidad.

Séptima. Adjudicación de destino

Finalizado el plazo para la selección de destinos a través de Fides/expedient-e, la aplicación efectuará la adjudicación automática de destinos, en función del turno y orden de prelación conseguida por cada aspirante en el proceso y atendiendo al orden de preferencia en la selección de destinos efectuada por éste.

Octava. Información complementaria en web

La presente resolución se complementará con ayudas en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) sobre el procedimiento para cumplimentar el formulario de selección.