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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Jueves, 4 de junio de 2020 Pág. 22419

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (167/2017).

Yo, María del Carmen Vázquez Rodríguez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia nº 125/2019.

Juicio ordinario nº 167/2017.

Magistrada jueza: María Jesús Sánchez Carbajales.

Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2019.

Fallo:

Estimo parcialmente la demanda presentada por Manuel Bellido Neyra, que actúa en nombre propio y en beneficio de la comunidad hereditaria que forma con sus hermanos Javier, Mª Amelia, Carmen, Pilar, Teresa y José Mª Bellido Neyra, y en nombre y en beneficio de la comunidad de propietarios que forma con sus primos Mª Luisa, Mª Ascensión, Mª del Pilar, Amada, Mª del Carmen, Mª Concepción y Mª Covadonga Díaz-Aguado Neyra, con Mª del Carmen Fernández-Prida Migoya, con sus primos Esther, Begoña, Luis, Blanca e Isabel Díaz-Aguado Tintoré, con sus primos Pilar, Pedro y Gertrudis Urquijo Neyra, con sus primos Santiago, Francisco, Luis y Arantxa Urquijo Zamora, con Mª de los Ángeles Zamora Andrade, con sus primos José Mª, Mª Isabel, Mª del Carmen, Mercedes, Antonio, Fernando, Inmaculada y Mª del Rocío Neyra Hernández, con sus primos José María, Concepción, María Luisa y María Eugenia Turón Neyra, con sus primos Mª José, Jacobo, Fernando, Eladia y Manuel Mª Varela de Limia Neyra, contra herederos y sucesores desconocidos de Carlos Neyra Villamil y personas desconocidas e inciertas que puedan ostentar algún derecho sobre la casa sita en el nº 38 de la Rúa Nova de Santiago de Compostela y, en consecuencia:

1. Declaro que las comunidades hereditarias de Ascensión, Petra, Manuela, José, María Amelia y Concepción Neira Arias son propietarias en proindiviso cada una de ellas de 1/7 de la casa sita en el número 38 de la Rúa Nova de Santiago de Compostela, inscrita como finca 2040, obrante al folio 187 del libro 49 de Santiago de Compostela, tomo 89, por título de herencia.

2. Ordeno la rectificación de la inscripción registral del bien en el Registro de la Propiedad número 2 de Santiago de Compostela a favor de las comunidades hereditarias y en las cuotas de participación que resultan del punto anterior, mandando la cancelación de las inscripciones contradictorias.

3. Todo ello sin imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, con la indicación de que no es firme y que contra ella se podrá interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial, recurso que habrá de presentarse en este juzgado en el plazo de veinte (20) días desde su notificación.

Y, como consecuencia del ignorado paradero de los herederos y sucesores desconocidos de Carlos Neyra Villamil y personas desconocidas e inciertas que puedan ostentar algún derecho sobre la casa sita en el nº 38 de la Rúa Nova de Santiago de Compostela, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Santiago de Compostela, 5 de marzo de 2020

La letrada de la Administración de justicia