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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Lunes, 6 de abril de 2020 Pág. 17907

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3606/2019-RMR).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3606/2019 seguido a instancia de Mutua Asepeyo y Petru Silvestru Patraucean contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

«Desestimando totalmente los recursos de suplicación interpuestos por Petru Silvestru Patrucean y por la mutua colaboradora de la Seguridad Social Asepeyo, ambos recursos de suplicación contra la Sentencia de 23 de enero de 2019 del Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol, dictada en juicio seguido a instancia de Petru Silvestru Patrucean contra la entidad mercantil Servicios Forestales Dacar, Sociedad Limitada, José Carlos Martins Gonçalves, la mutua colaboradora de la Seguridad Social Asepeyo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la sala la confirma íntegramente y, en consecuencia, se condena a la mutua colaboradora de la Seguridad Social Asepeyo a las costas de la suplicación, fijando en 601 euros los honorarios del letrado de Petru Silvestru Patrucean.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de 4 dígitos correspondientes al número del recurso y 2 dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de 20 dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a José Carlos Martins Gonçalves en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de febrero de 2020

La letrado de la Administración de justicia