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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Viernes, 6 de marzo de 2020 Pág. 15227

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DSP 651/2019).

Yo, Eva Ortiz Suárez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 651/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alberto Nogueiras Barrigón contra David Martínez Pérez y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la sentencia cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por Alberto Nogueiras Barrigón contra el empresario individual David Martínez Pérez y, en consecuencia, debo declarar y declaro improcedente el despido de que el demandante ha sido objeto con efectos de 11 de junio de 2019 y debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, desde la fecha del despido (11 de junio de 2019), al cesar en su actividad la anterior entidad, condenando al empresario individual David Martínez Pérez al abono de una indemnización por despido a razón de 1.491,90 €.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncia manda y firma la magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 5, Pilar Carreira Vidal.

Para que sirva de notificación en legal forma a David Martínez Pérez, con CIF 78806618Q, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de diciembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia