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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Miércoles, 19 de febrero de 2020 Pág. 11890

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense

EDICTO (699/2018).

Yo, María Regina Domínguez Cougil, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Deutsche Bank, S.A. frente a Salvatore Campisi se ha dictado sentencia, cuyo encabezado y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia

En la ciudad de Ourense a 20 de diciembre de 2019.

Vistos por María del Pilar Domínguez Comesaña, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de esta ciudad los autos de juicio ordinario número 699/2018 seguidos ante este juzgado a instancia de la procuradora Ana Crespo Damota quien, asistida del letrado Francisco Javier Monzón Capape, actúa en representación de Deutsche Bank, S.A. contra Salvatore Campisi, en situación de rebeldía.

Versan los presentes autos sobre contrato de préstamo.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora Ana Crespo Damota, en representación de Deutsche Bank, S.A. contra Salvatore Campisi, condeno a dicho demandado a abonar a la actora la cantidad de 15.543,58 €. La citada devenga desde la fecha del requerimiento efectuado en el precedente juicio monitorio el interés del artículo 576 de la LEC.

Las costas se imponen a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y adviértase que la misma no es firme. Contra la sentencia puede interponerse recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación en la forma indicada en el artículo 458 de la LEC. Indíquese a la demandada que no se admitirá a trámite el recurso si al interponerlo no acredita documentalmente haber constituido el depósito que para recurrir exige la LOPJ, así como haber liquidado la tasa judicial creada por la Ley 10/2012, de noviembre.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Salvatore Campisi, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 23 de diciembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia