Yo, Belén Menéndez Medel, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento pieza de medidas cautelares 204/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Delfina Alcalde Lojo contra José Ces Alcalde, S.L., Óscar Pérez López, S.L. sobre despido se dictó la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:
«Parte dispositiva.
Se acuerda la adopción de la medida cautelar de eximir al demandante de acudir a prestar servicios, con mantenimiento de la obligación del empresario de abonar el salario y la cotización correspondiente, durante la tramitación de la causa principal sin perjuicio de lo que se pueda resolver en la sentencia que recaiga en esta. Se notifique la presente resolución a las partes con la advertencia de que contra esta, cabe recurso de reposición en el plazo de tres días».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Mercantil Óscar Pérez López, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 22 de enero de 2020
La letrada de la Administración de justicia