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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Jueves, 6 de febrero de 2020 Pág. 8141

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (291/2017).

Yo, Paloma Recalde Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento seguridad social 291/2017 de este juzgado de lo social, seguidos contra la empresa Marco Energy Systems, S.L.U., sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«En la ciudad de A Coruña a 13 de enero de 2020.

Lara Munín Sánchez, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre seguridad social (determinación de contingencia de incapacidad temporal), a instancia de Antonio Varela Vázquez, que comparece representado por el letrado Sr. Sánchez Sanjurjo, y contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, que comparecen representados por la letrada de la Administración de la Seguridad Social Sra. Regueira Rodríguez, la Mutua Asepeyo, que comparece representada por su letrado Sr. Balo Couto, y la empresa Marco Energy System, S.L.U., que no comparece, ha dictado la siguiente

Sentencia.

Antecedentes de hecho.

Primero. Por la parte demandante, Antonio Varela Vázquez, se presentó en fecha 27 de marzo de 2017 demanda, que por turno correspondió a este juzgado de lo social número 2 de A Coruña, en la que, tras exponer los hechos y alegar los fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminaba suplicando que se dictase sentencia conforme a lo pedido.

Segundo. Admitida a trámite dicha demanda, se señaló para la celebración del acto de juicio el día 28 de noviembre de 2019 y el mismo se celebró en la fecha señalada en todas sus fases con el resultado que consta en la correspondiente grabación audiovisual. Una vez concluso el acto del juicio, quedaron los autos vistos para dictar sentencia.

Tercero. En la tramitación de los presentes autos se han observado las normas legales de procedimiento.

Fallo:

Que desestimando la demanda interpuesta por Antonio Varela Vázquez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Asepeyo y la empresa Marco Energy System, S.L.U., debo absolver y absuelvo a las partes demandadas de todos los pedimentos de la misma.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación.

Adviértase al recurrente que si fuera entidad gestora o hubiera sido condenada al abono de una prestación de la Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso, deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación.

Si el recurrente fuera una empresa o mutua patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de la Seguridad Social de carácter periódico, deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social, previa determinación por esta de su importe, una vez le sea comunicada por el Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Marco Energy Systems, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 16 de enero de 2020

La letrada de la Administración de justicia