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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Viernes, 31 de enero de 2020 Pág. 6526

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial de A Coruña (Sección 6ª Civil y Penal de Santiago de Compostela)

EDICTO de notificación de sentencia (196/2019).

Yo, Ana Mª López Gómez, letrada de la Administración de justicia en la Audiencia Provincial de A Coruña, Sección 6ª, hago saber que en este tribunal se sigue el rollo de recurso de apelación (LECN) nº 271/2019, a instancia de Mónica Sánchez Villar frente a Douglas Fernando Ferreira Machado, habiéndose dictado la Sentencia nº 196/2019, en fecha 22.10.2019, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Magistrados:

Ángel Pantín Reigada

José Gómez Rey

Jorge Cid Carballo

Sentencia núm. 196/2019.

Santiago de Compostela, 22 de octubre de 2019.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de A Coruña, los autos de divorcio contencioso 169/2016, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela, a los que ha correspondido el rollo recurso de apelación (LECN) 271/2019, en los que aparece como parte apelante, Mónica Sánchez Villar, representada por la procuradora de los tribunales, Ana María Fernández Durán, asistida por la abogada Aida María Suárez Chorén, y como parte demandada en situación procesal de rebeldía, Douglas Fernando Ferreira Machado; siendo el magistrado ponente Ángel Pantín Reigada, quien expresa el parecer de la sala en los siguientes antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo.

Fallamos:

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de Mónica Sánchez Villar, se confirma la sentencia de 23.5.2018, del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela, dictada en el juicio de divorcio nº 169/2016, sin hacerse imposición de las costas de la segunda instancia.

Notifíquese esta resolución, en legal forma, a las partes haciéndoles saber, conforme preceptúa el artículo 248.4 de la Ley orgánica del poder judicial, que contra ella cabe recurso de casación por interés casacional, que deberá ser interpuesto ante esta sección en el plazo de 20 días desde la notificación de la sentencia.

Dentro del plazo legal, devuélvanse las actuaciones originales con testimonio de la presente resolución al juzgado de procedencia, para su ejecución y cumplimiento».

Así, por esta nuestra resolución, de la que se pondrá certificación literal en el rollo de sala de su razón, incluyéndose el original en el libro correspondiente, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y encontrándose el demandado Douglas Fernando Ferreira Machado en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en ese Diario Oficial de Galicia, a fin de que le sirva de notificación en forma.

La letrada de la Administración de justicia