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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Martes, 28 de enero de 2020 Pág. 5492

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 7/2020).

Yo, Belén Menéndez Medel, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Santiago de Compostela, hago saber que mediante resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Martín Manuel Medina Castro contra Óscar Pérez López, S.L., en reclamación por despido, registrado con el número de despido/ceses en general 7/2020, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), citar a Óscar Pérez López, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 13 de febrero de 2020, a las 12.30 horas, en la planta baja, sala 3, edificio en la calle Berlín, para la celebración de los actos de conciliación (12.20 horas, oficina judicial, 2ª planta) y, en su caso, juicio. Podrá comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y de que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Se advierte que se han solicitado las siguientes pruebas a aportar por la empresa:

– Interrogatorio del representante legal de la parte demandada, empresa Óscar Pérez López, S.L.

– Aportación, con cinco días de antelación al acto de juicio, de los documentos siguientes: recibos de salarios desde julio de 2019 hasta la actualidad, vida de CCC de la empresa desde el 1 de julio de 2019 y documentos de cotización desde 1 de julio de 2019 hasta la actualidad y justificante de pagos de estos.

Con la advertencia de que, de no hacerlo, podrán tenerse por probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94 de la LJS).

Están a disposición de la empresa demandada en esta oficina judicial copia de la demanda, así como los autos para su consulta.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Para que sirva de citación a Óscar Pérez López, S.L., se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 17 de enero de 2020

La letrada de la Administración de justicia