Una vez informada favorablemente la propuesta de deslinde con las fincas pertenecientes a Manuel Vidal Pazos, presentada por la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Cabreira, ayuntamiento de Salvaterra de Miño, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54.1 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, sobre el procedimiento de deslindamiento de montes vecinales con propiedades particulares, se acuerda señalar para la exposición del plano y demás documentación del monte la Asociación Vecinal Xerme, barrio do Río s/n, Cabreira, Salvaterra de Miño.
Se abre un plazo de un mes, a partir del día siguiente al de esta publicación, para que los que se conceptúen con derecho a la propiedad del monte o de parte del mismo y los linderos que deseen comparecer puedan presentar alegaciones y los títulos que acrediten la propiedad.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pontevedra, 8 de enero de 2020
Antonio Crespo Iglesias
Jefe territorial de Pontevedra