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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Viernes, 17 de enero de 2020 Pág. 2309

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 20 de diciembre de 2019 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la continuidad de las casas nido para iniciar su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de marzo de 2017, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento BS403G).

BDNS (Identif.): 491447.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán optar a estas ayudas las personas físicas titulares de las casas nido recogidas en el artículo 1 que estén en funcionamiento y mantengan su situación de alta fiscal y en la Seguridad Social como personas trabajadoras por cuenta propia.

2. Las personas solicitantes deberán acreditar mediante declaración responsable que no están incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, para obtener la condición de beneficiarias.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a las personas titulares de casas nido autorizadas por la Consellería de Política Social para iniciar su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de marzo de 2017, y proceder a su convocatoria para el año 2020, con la finalidad de dar continuidad a este recurso y seguir atendiendo las necesidades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias en los ayuntamientos rurales de Galicia en los que están establecidas (código de procedimiento BS403G).

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 20 de diciembre de 2019 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la continuidad de las casas nido para iniciar su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de marzo de 2017, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento BS403G).

Cuarto. Naturaleza y cuantía de la ayuda

La ayuda consistirá en una prima de 22.000 €/año para la prestación de una atención personalizada a niños y niñas de 0-3 años.

Quinto. Importe

A las ayudas objeto de esta convocatoria se destina un presupuesto total de 638.000 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 13.02.312B.470.0.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2019

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social