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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Viernes, 17 de enero de 2020 Pág. 2319

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2020 por la que se modifica la Resolución de 28 de noviembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a geodestinos de Galicia, para el desarrollo de actuaciones de dinamización turística, y se procede a su convocatoria para el año 2020.

El 19 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 241, la Resolución de 28 de noviembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a geodestinos de Galicia, para el desarrollo de actuaciones de dinamización turística, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento TU501C).

El artículo 3.2 de las bases reguladoras dispone:

«Únicamente será subvencionable un proyecto por geodestino solicitante. Si existiese más de una solicitud por territorio, la subvención será adjudicada de acuerdo con el siguiente orden de prelación:

• Mancomunidades y consorcios.

• Grupos de desarrollo rural.

• Otras asociaciones legalmente constituidas.

En caso de que se presenten dos o más solicitudes en las categorías indicadas, se adjudicará a la entidad que agrupe el mayor número de ayuntamientos del geodestino».

Dado el mapa de geodestinos existente y la convivencia en algunos de estos de territorios claramente diferenciados, es preciso proceder a modificar el citado artículo 3.2 de forma que ningún territorio quede excluido de las acciones de dinamización turística cuyo desarrollo constituye el objeto de la presente convocatoria.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

1. Modificar el artículo 3.2 de las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a geodestinos de Galicia, para el desarrollo de actuaciones de dinamización turística, y se procede a su convocatoria para el año 2020, que queda redactado como sigue:

«2. Solo se admitirá una solicitud por entidad gestora.

Se podrán subvencionar varios proyectos por geodestino siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

– Que se trate de territorios diferenciados dentro los límites del geodestino.

– Ningún ayuntamiento podrá participar en más de una propuesta.

– Que los proyectos se presenten por entidades gestoras diferenciadas.

En caso de admisión de más de un proyecto para un geodestino, valoración establecida en el punto 1.a) del artículo 6 de estas bases, el territorio se dividirá siguiendo un reparto de todos los ayuntamientos entre las propuestas.

Si existiesen varias solicitudes por territorio, la subvención será adjudicada de acuerdo con el siguiente orden de prelación:

• Mancomunidades y consorcios.

• Grupos de desarrollo rural.

• Otras asociaciones legalmente constituidas».

2. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, implicará la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, que será de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación.

Santiago de Compostela, 9 de enero de 2020

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia