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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Lunes, 30 de diciembre de 2019 Pág. 56018

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra

EDICTO (503/2018).

Yo, Patricia Raposo Fernández, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento ordinario 503/2018 seguido a instancia de Nuevo Microbank, S.A.U., frente a María Iara Souto Tobío, Adelia Braga Pinto y Adriano Braga Pinto, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que estimo la demanda interpuesta por el procurador Sr. Portela Leirós, en nombre y representación de Nuevo Micro Bank, S.A.U., contra Adelia Braga Pinto, Adriano Braga Pinto y María Iara Souto Tobío, y acuerdo:

1. Resolver el contrato de préstamo concertado por Nuevo Micro Bank, S.A.U., por una parte, y Adelia Braga Pinto, Adriano Braga Pinto y María Iara Souto Tobío, por otra, el 25 de mayo de 2017.

2. Condenar a Adelia Braga Pinto, Adriano Braga Pinto y María Iara Souto Tobío a pagar solidariamente a Nuevo Micro Bank, S.A.U. la suma de 7.289,15 euros, así como los intereses moratorios pactados desde el 10 de mayo de 2018 hasta su completo pago.

3. Las costas procesales se imponen a Adelia Braga Pinto, Adriano Braga Pinto y María Iara Souto Tobío.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, ante este juzgado, en el plazo de veinte días».

Y encontrándose la demandada, María Iara Souto Tobío, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que le sirva de notificación en forma en el Diario Oficial de Galicia.

Pontevedra, 4 de noviembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia