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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Martes, 24 de diciembre de 2019 Pág. 54516

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 5 de diciembre de 2019, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos a deslindes entre montes vecinales en man común (expediente 146/80 y cinco más).

En la sesión celebrada por el Jurado el día 25.11.2019 figuran los siguientes acuerdos:

– Monte Sampaio, Mora, Aguianzo e Faramontaos (expediente 146/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Eiré, en el término municipal de Pantón, y monte Sampaio (expediente 152/80) perteneciente a los vecinos de la parroquia de Següín, en el término municipal de Pantón. El 21.9.2019 tiene entrada un escrito de Óscar Davite González, como presidente de la comunidad de Eiré, con el que aporta un acuerdo de deslinde practicado por avenencia entre estas comunidades, en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado ante el Juzgado de Paz de Pantón; adjuntan acta del deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 15.10.2019 emite un informe (núm. 60/2019) en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen como consecuencia de la avenencia, en los términos que se describen en dicho informe. El monte Sampaio, Mora, Aguianzo e Faramontaos queda con una superficie de 406,06 hectáreas, y el monte Sampaio, con una superficie de 133,32 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado por avenencia y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes respectivos.

– Monte Fenteira (expediente 117/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Brosmos y monte de Gundivós (expediente 123/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Gundivós, ambos en el término municipal de Sober. El 21.9.2019 tiene entrada un escrito de Abel López Fernández, como presidente de la comunidad de Brosmos, con el que aporta un acuerdo de deslinde practicado por avenencia entre estas comunidades, en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado ante el Juzgado de Paz de Sober; adjuntan acta del deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 31.10.2019 emite un informe (núm. 63/2019) en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen como consecuencia del acuerdo, en los términos que se describen en dicho informe. El monte Fenteira queda con una superficie de 206 hectáreas y el monte de Gundivós, con una superficie de 80 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado por avenencia y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes respectivos.

– Monte Bosque, Serra Lagüela, Gandarón e Cabaleirón (expediente 68/80), perteneciente a los vecinos de las parroquias de Andreade, Barán y Vilaragunte, en el término municipal de Paradela, y monte Común y Lameiros (expediente 73/80), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Santa Cristina de Paradela en el término municipal de Paradela. El 13.3.2019, tiene entrada un escrito de Jesús Pablo López González y Manuel Abella Fernández, como presidentes de las comunidades respectivas, con el que aportan un acuerdo de deslinde practicado por avenencia entre estas comunidades, en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado ante el Juzgado de Paz de Paradela; adjuntan acta del deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 25.10.2019 emite un informe (núm. 17/2019) en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen como consecuencia de la avenencia, en los términos que se describen en dicho informe. El monte Bosque, Serra Laguela, Gandarón e Cabaleirón queda con una superficie de 309 hectáreas y el monte Común e Lameiros, con una superficie de 13 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado por avenencia y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes respectivos.

Contra estos acuerdos, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 5 de diciembre de 2019

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta do Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Man Común de Lugo