A los efectos previstos en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, de conformidad con el dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión que tuvo lugar el 25.11.2019 en la sala de juntas de la Jefatura Territorial de la Consellería el Medio Rural, bajo la presidencia de María Olga Iglesias Fontal, y con la asistencia de los vocales Josefina Pereira de la Riera y Miguel Ángel Cela González, y de la secretaria Lucía Belver Quiroga, dictó la resolución de clasificar como vecinal en mano común el siguiente monte:
Nombre: Fonte Seixo (ampliación).
Pertenencia: vecinos de la parroquia de Neiras.
Parroquia: Neiras.
Ayuntamiento: Sober.
Superficie: 1,12 hectáreas.
La parcela objeto de clasificación se indica, con sus colindantes, en la siguiente tabla y puede localizarse en el plano que figura en el anexo.
Parcela objeto de clasificación |
Parcelas colindantes |
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27059A01000235 |
Norte |
27059A01009005, 27059A01000195 |
Este |
27059A01000190, 27059A01000385 |
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Sur |
27059A01000196, 27059A01000197, 27059A01000203 |
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Oeste |
27059A01000204, 27059A01000205, 27059A01000206, 27059A01000233, 27059A01000207, 27059A01000208 27059A01009005 |
Teniendo en cuenta esta ampliación, el monte vecinal en mano común perteneciente a la comunidad de Neiras tiene una superficie global de 256 hectáreas.
Contra esta resolución, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Lo anterior, en relación con el precepto legal recogido en el artículo 12 de la Ley de montes vecinales en mano común, y en el artículo 28 de su reglamento.
Lugo, 3 de diciembre de 2019
María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo