Yo, Eva Ortiz Suárez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 33/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Maritza Katy Borda Sauñe contra el Fondo de Garantía Salarial y Juferen Gestiones Inmobiliarias, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice:
Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Maritza Katy Borda Sauñe contra la entidad Juferen Gestiones Inmobiliarias, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Juferen Gestiones Inmobiliarias, S.L. al abono de la cantidad de 480,68 euros líquidos por el mes de junio de 2018 y 2.328,8 euros brutos por los salarios de julio y agosto de 2018, incrementadas ambas cantidades en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.
Con la intervención del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. La magistrada jueza de este juzgado Pilar Carreira Vidal.
Para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Juferen Gestiones Inmobiliarias, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 13 de noviembre de 2019
La letrada de la Administración de justicia