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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Miércoles, 4 de diciembre de 2019 Pág. 51764

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda)

EDICTO de publicación de la Sentencia 441/2018, de 20 de septiembre, que anula la modificación puntual del Plan general de ordenación urbana de Pontevedra para uso de crematorio.

El letrado de la Administración de Justicia, señor José Miguel Formoso Sobrado, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora Dulce María Maneiro Martínez, en nombre y representación de la sociedad Pompas Fúnebres Pontevedra, S.L., y en nombre y representación de Tanatorio Las Corrientes, S.L., y la procuradora Dolores Villar Pispieiro, en nombre y representación de la sociedad Alianza y Barros, S.A., asistidas por el abogado Juan Martínez Calvo, contra la Orden de 26 de diciembre de 2014, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación urbana de Pontevedra para establecer y regular el uso de crematorio, que se tramitó en este tribunal como procedimiento ordinario 4113/2015, en el que ha sido parte demandada la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, representada y defendida por el letrado de la Xunta de Galicia, y parte codemandada el Ayuntamiento de Pontevedra, representado por el procurador Manuel Cupeiro Cagiao y defendido por el letrado Xabier Munaiz Alonso, la Sección Segunda formado por los magistrados María Azucena Recio González (presidenta), María Amalia Bolaño Piñeiro y Antonio Martínez Quintanar (ponente) dictó Sentencia núm. 441/2018, de 20 de septiembre, firme desde el 10.7.2019 por inadmisión del recurso de casación, que contiene el siguiente:

Fallo que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora Dulce María Maneiro Martínez, en nombre y representación de la sociedad Pompas Fúnebres Pontevedra, S.L., y en nombre y representación de Tanatorio las Corrientes, S.L., y la procuradora Dolores Villar Pispieiro, en nombre y representación de la sociedad Alianza y Barros, S.A., contra la Orden de 26 de diciembre de 2014 de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación urbana de Pontevedra para establecer y regular el uso de crematorio, y anulamos la disposición recurrida.

Y para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 107.2 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 18 de septiembre de 2019

José Miguel Formoso Sobrado
Letrado de la Administración de justicia