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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Martes, 26 de noviembre de 2019 Pág. 50485

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 11 de noviembre de 2019, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos a deslindes entre montes vecinales en mano común (expediente 3/84 y cinco más).

En la sesión celebrada por el Jurado el día 29 de octubre de 2019 figuran los siguientes acuerdos:

Monte de Xestoso (expediente 3/84), perteneciente a los vecinos del lugar de Xestoso, de la parroquia de A Fontaneira, en el término municipal de Baleira, y montes Bidueira, Trombeal, Trabazas, Ribado e Valín (expediente 72/77), pertenecientes a los vecinos del lugar de Vilachá, de la parroquia de Pedrafita de Camporredondo en el término municipal de Baralla. El 9.7.2019 tuvo entrada un escrito de los representantes de estas comunidades con el que aportaron un acuerdo de deslinde practicado por avenencia entre ellas, en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio que tuvo lugar ante el Juzgado de Paz de Baleira; adjuntan acta del deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 19.9.2019 emite un informe (núm. 52/19) en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen como consecuencia del acuerdo, en los términos que se describen en dicho informe. El monte de Xestoso queda con una superficie de 365,67 hectáreas y los montes Bidueira, Trombeal, Trabazas, Ribado y Valín, con una superficie de 349 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado por avenencia y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Montes Cornedo y Fonteseca (expediente 31/78), pertenecientes a los vecinos de la parroquia de Vilalle, y montes Bacariza, Cuteiro, Ransedo, Queimada y Coto (expediente 23/78), pertenecientes a los vecinos de la parroquia de A Frairía, ambos en el término municipal de Castroverde. El 6.3.2019 tuvo entrada un escrito de los representantes de estas comunidades con el que aportaron un acuerdo de deslinde por avenencia entre ellas en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado ante el Juzgado de Paz de Castroverde; adjuntan acta del deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 19.6.2019 emite un informe (núm. 15/19) en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen como consecuencia del acuerdo, en los términos que se describen en dicho informe. Los montes Cornedo y Fonteseca quedan con una superficie de 219 hectáreas, y los montes Bacariza, Cuteiro, Ransedo, Queimada y Coto, con una superficie de 157 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado por avenencia y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Montes Portela y Toxoso (expediente 116/77), pertenecientes a los vecinos de la parroquia de Castromaior, y monte Penamoura (expediente 115/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Candia, ambos en el término municipal de Abadín. El 28.8.2019 tuvo entrada un escrito del representante de la Comunidad de Castromaior con el que aportó un acuerdo de deslinde practicado por avenencia entre estas comunidades en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado ante el Juzgado de Paz de Abadín; adjuntan acta del deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 2.10.2019 emite un informe (núm. 57/19) en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen a consecuencia del acuerdo, en los términos que se describen en dicho informe. Los montes Portela y Toxoso quedan con una superficie de 480,18 hectáreas y el monte Penamoura, con una superficie de 87,60 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado por avenencia y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Contra estos acuerdos, desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 11 de noviembre de 2019

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo