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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Martes, 26 de noviembre de 2019 Pág. 50498

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 12 de noviembre de 2019, del Área Provincial de Turismo de Lugo, por la que se notifica la incoación de 27 de septiembre de 2019, dictada en el expediente sancionador LU-S-29/2019 por infracción grave en materia de turismo.

De conformidad con las disposiciones del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica a la interesada que en el anexo se menciona la iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo en Galicia, ya que, intentada la notificación por los medios habituales, no se pudo practicar.

En este mismo acto se designó instructora del expediente a Mercedes Campos Casares, y los interesados pueden promover su oposición en cualquier momento del procedimiento, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

La resolución de este procedimiento para las infracciones graves corresponde a la persona titular de la Agencia de Turismo de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.4.g) de los estatutos de la citada agencia, aprobados por el Decreto 196/2012, de 27 de septiembre (DOG núm. 193, de 9 de octubre), por el que se crea la citada agencia y se aprueban sus estatutos, y respecto del artículo 119.1.b) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 124.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, la resolución de este procedimiento sancionador debe ser notificada dentro de un año a partir de la fecha de este acuerdo.

La interesada dispondrá de un plazo de quince (15) días, según lo establecido en el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar ante el instructor del expediente, para su incorporación al mismo, cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse, con la advertencia de que, de no plantear reclamaciones dentro del plazo establecido, se considerará este acuerdo propuesta de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.1 de dicha ley.

De acuerdo con el artículo 85.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se informa a la persona imputada de que la sanción que se indica en el acuerdo de iniciación podrá estar sujeta a las siguientes reducciones: 20 % (si reconocen su responsabilidad o paga voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución) o 40 % (si reconoce su responsabilidad y, además, paga voluntariamente en cualquier momento anterior a la resolución).

Lugo, 12 de noviembre de 2019

Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo

ANEXO

Expediente: LU-S-29/2019.

Denunciada: Ana Isabel Rodríguez Redondo.

Establecimiento: O Cándido.

Dirección: San Romao da Retorta.

Localidad: Guntín.

Preceptos infringidos: artículo 35.a) y artículo 39 de la Ley 7/2011.

Tipo de infracción: artículo 110.1 de la Ley 7/2011.

Calificación: grave.

Iniciación: 27 de septiembre de 2019.

Sanción: multa de cuatro mil euros (4.000.00 €).

Importe de la multa con la solicitud de descuento del 20 %: tres mil doscientos euros (3.200.00 €).

Importe de la multa con la aplicación del 40 % de descuento: dos mil cuatrocientos euros (2.400.00 €).