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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Miércoles, 20 de noviembre de 2019 Pág. 49458

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 7 de noviembre de 2019, del Servicio de Informes y Recursos, por el que se notifican las resoluciones dictadas en el expediente sancionador en materia de transportes terrestres OU-00001-O-2019 y cinco más.

El director general de Movilidad dictó la resolución de los expedientes sancionadores número OU-00001-O-2019 y cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5 A, 2º, Santiago de Compostela.

Se les comunica que contra la resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

Santiago de Compostela, 7 de noviembre de 2019

María Inmaculada Carril Barco
Jefa del Servicio de Informes y Recursos

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF

Persona sancionada

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto cualificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

OU-00001-O-2019

0713-BSG

10048214C

Transporte de mercancías peligrosas sin la carta de porte preceptiva para las mercancías peligrosas transportadas.

23.10.2018; 10.40; N-120; 448,0

Artículo 140.15.8 de la LOTT

Artículo 143.1.i) de la LOTT

4.001 euros

OU-00003-O-2019

0713-BSG

10048214C

Transporte de mercancías peligrosas utilizando envases/embalajes, recipientes a presión, GRG o grandes embalajes no autorizados para la mercancía de que se trate.

23.10.2018; 10.40; N-120; 448,0

Artículo 140.15.18 de la LOTT

Artículo 143.1.i) de la LOTT

4.001 euros

PO-00650-O-2019

PO-2290-BK

76984064M

El exceso igual o superior al 25 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior ao 35 %.

27.7.2018; 11.40; PO-305; 1,0

Artículo 140.23 de la LOTT

Artículo 143.1.h) de la LOTT

4.000 euros

PO-03707-O-2018

5497-BBN

B27811181

El exceso igual o superior al 25 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %.

30.5.2018; 12.12; AP-9; 137,5

Artículo 140.23 de la LOTT

Artículo 143.1.h) de la LOTT

4.000 euros

PO-04149-O-2018

0011-FHC

35316479W

Non llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible o hacerlo de forma incorrecta. O no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en poder suyo.

29.6.2018; 18.12; N-550; 86,5

Artículo 140.22 de la LOTT

Artículo 143.1.h) de la LOTT

2.001 euros

PO-04150-O-2018

0011-FHC

35316479W

Realizar transporte público de mercancías utilizando un conductor que carece del CAP.

29.6.2018; 18.18; N-550; 86,5

Artículo 140.18 de la LOTT

Artigo 143.1.h) de la LOTT

2.001 euros