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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 181 Martes, 24 de septiembre de 2019 Pág. 42295

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 22 de agosto de 2019, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Laracha (expediente IN407A 2019/96-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Varsil Hábitat, S.L.

Domicilio social: Cantón Grande, 6, 5º B, 15003 A Laracha

Denominación: LMTS, LBTS y centro de transformación de 630 kVA para suministro a edificio de viviendas.

Situación: avenida de Bergantiños, s/n Paiosaco, 15145 A Laracha.

Características técnicas:

Línea de media tensión subterránea de 15 kV con inicio y fin en la línea de distribución LMT interconexión CT Muíño-Edificio Angazo (expediente IN407A 2010/344), después de entrar y salir en el centro de transformación proyectado, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×150 mm2) Al, longitud 5 + 5 m.

Centro de transformación de obra civil, en coordenadas aproximadas en X: 536.362; Y: 4.798.345. Celdas prefabricadas de seccionamiento, seccionamiento telecontrolada y protección con Ruptofusible de 40A. Transformador de 630 kVA, relación de transformación 15.000-17.500/400-230 V, aislamiento de aceite mineral.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014 de la Dirección General de Energía y Minas por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

El plazo de vigencia de esta autorización es de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La presente autorización se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero, y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que pudiera incurrir el beneficiario en el ejercicio de la actividad o en la explotación de la instalación autorizada.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio.

Contra el presente acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112,115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 22 de agosto de 2019

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña