Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio: A Batundeira, 2, 32960 Velle-Ourense.
Denominación: LMTS al CS Ciudad del Transporte.
Situación: ayuntamiento de San Cibrao das Viñas.
Características técnicas:
– LMT subterránea a 20 kV, de 330 m de longitud, en conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con entrada y salida en el centro de seccionamiento (CS) proyectado (3L maniobra exterior, celdas compactas en SF6 y 2 TC). Tiene su origen en la LMT procedente del CT nº 4 ciudad del transporte 32CDQ3 y su final en LMT existente procedente del CT nº 6 ciudad del transporte 32CDQ4.
– Presupuesto: 31.878,43 euros.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y los reglamentarios previstos en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con la simplificación de los procedimientos que le son, en su caso, de aplicación, tal y como se regula en los artículos 37 y 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, y en la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas de 19 de febrero de 2014 (DOG de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos, en su caso, por los ministerios, organismos o corporaciones, que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Ourense, 7 de noviembre de 2018
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense