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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Lunes, 2 de septiembre de 2019 Pág. 38592

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ourense

ANUNCIO del estudio de detalle para la reordenación de volúmenes en varias parcelas de la calle Santo Domingo y avenida de Buenos Aires (expediente de Planeamiento Urbanístico 2018007665).

La Junta de Gobierno local, en sesión ordinaria de 1 de agosto de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Estudio de detalle para la reordenación de volúmenes en varias parcelas de la calle Santo Domingo y avenida de Buenos Aires (expediente Planeamiento 2018007665).

La Junta de Gobierno local, de conformidad con la propuesta y advirtiendo y corrigiendo en este acto un error en un artículo del régimen de recursos, de forma que donde decía: «(...) art. 107 de la Ley 30/1992 (...)», debería decir: «(...) art. 112 de la Ley 39/2015 (...)», acordó:

1. Aprobar inicialmente el estudio de detalle para la reordenación de volúmenes en varias parcelas de la calle Santo Domingo y avenida de Buenos Aires, en su versión de documento refundido para la aprobación inicial (marzo 2019), a petición de Dessa Urbanismo, S.L.N.E. (CIF B94007556), representada por María del Consuelo González García, con DNI ***9534**.

2. Someter el documento a información pública durante un plazo de un mes, mediante anuncio que se publicará en el Diario Oficial de Galicia; en uno de los periódicos de mayor difusión en la provincia; en el tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica municipal. La documentación sometida a información pública abarcará todos los documentos integrantes del expediente tramitado, así como el documento técnico que se aprueba, debidamente diligenciados.

3. Notificar el presente acuerdo de manera individualizada a los titulares catastrales afectados por el ámbito territorial del estudio de detalle, según la relación obrante en el documento técnico.

4. Solicitar, durante el período de información pública, el informe sectorial preceptivo de la Xunta de Galicia, Consellería de Cultura y Turismo, Dirección General de Patrimonio Cultural.

Réxime de recursos:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, por tratarse de un acto de trámite que no decide directa o indirectamente el fondo del asunto, ni determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, no cabe interponer recurso administrativo alguno, sin perjuicio de que formulen los interesados los que procedan contra el acuerdo que ponga fin al presente procedimiento.

Ourense, 2 de agosto de 2019

El alcalde
P.D. (Decreto 2019004821, de 18 de junio)
José Miguel Caride Domínguez
Concejal secretario