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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Lunes, 26 de agosto de 2019 Pág. 37599

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 262/2019).

DSP. Despido/ceses en general 262/2019.

Demandante: Enrique Noche Álvarez.

Abogada: María Catalfamo.

Demandados: Orange Espagne, S.A.U., Alonsogasco Plaza Consultoría, S.L., Europasat Ibérica, S.L., Instalaciones y Mantenimiento de Telecomunicaciones, S.L., Confica Soluciones Integrales, S.L., RYP Soluciones Informáticas y de Comunicaciones, S.L.

Abogados: Pedro Dalmau Montillo, José Manuel Alonso Morais.

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 262/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Enrique Noche Álvarez contra Orange Espagne, S.A.U., Alonsogasco Plaza Consultoría, S.L., Europasat Ibérica, S.L., Instalaciones y Mantenimiento de Telecomunicaciones, S.L., Confica Soluciones Integrales, S.L. y RYP Soluciones Informáticas y de Comunicaciones, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Acuerdo suspender el acto de juicio señalado para el día 1 de agosto de 2019, señalándose nuevamente para el día 4 de septiembre de 2019, a las 12.15 horas, para la celebración de la conciliación, en la Secretaria de este juzgado, y el día 4 de septiembre de 2019, a las 12.20 horas, para la celebración del juicio, debiendo citarse a las partes, expidiendo las oportunas cédulas de citación con las advertencias legales y, en su caso, las cédulas de citación y oficios necesarios para la práctica en el acto de juicio de las pruebas propuestas.

Se mantiene la documental acordada en providencia de fecha 23 de abril de 2019, sin perjuicio de que sobre la admisión se acordará en el acto de la vista.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), en el primer escrito o comparecencia, ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia».

Para que sirva de notificación en legal forma a Europasat Iberica, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el boletín oficial correspondiente.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia