Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Jueves, 1 de agosto de 2019 Pág. 35583

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social, Sección Primera)

EDICTO (RSU 1895/2019 BC).

Yo, Mª Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1895/2019 de esta sección, seguido a instancia de Ummana Gestión Madrid, S.L. e Imiola Quality, S.L. contra el Fogasa, María Consuelo Riveiro González, Hottelia Externalización, S.L. y Hottelia Externalización y Servicios Outsourcing España, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos que, con desestimación del recurso interpuesto por la empresa Ummana Gestión Madrid, S.L., confirmamos la sentencia que con fecha 12 de noviembre de 2018 ha sido dictada en autos tramitados por el Juzgado de lo Social número 1 de los de Santiago de Compostela, a instancia de María Consuelo Riveiro González y por la que se acogió la demanda formulada.

Asimismo, condenamos a la parte recurrente a que por el concepto de honorarios satisfaga mil doscientos euros (1.200 euros) al letrado de la parte recurrida. E igualmente acordamos, en su caso, la pérdida del depósito constituido y el destino legal para la consignación efectuada (aval presentado).

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco Santander (Banesto) con el número 1552 0000 35, seguida de los cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo de observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Hottelia Externalización, S.L. y Hottelia Externalización y Servicios Outsourcing España, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia