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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Viernes, 26 de julio de 2019 Pág. 34486

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 53/2018).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 53/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Flora Gómez Outeiral contra la empresa Tómate Más Fruta, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Fallo que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por María Flora Gómez Outeiral contra Tómate Más Fruta, S.L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada Tómate Más Fruta, S.L. a abonarle a la demandante la suma de 2.272,65 euros brutos por los conceptos indicados en el hecho probado cuarto de esta sentencia, incrementada con los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución respecto de los conceptos salariales que comportan 655,57 euros brutos, y los intereses del artículo 1108 del Código civil desde la presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución respecto de la compensación económica de vacaciones que comporta 1.617,08 euros brutos.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Tómate Más Fruta, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 8 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia