Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Martes, 23 de julio de 2019 Pág. 34151

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2019, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Outeiro de Rei (expediente IN407A 2019-13 AT).

Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturiana, S.A.

Domicilio social: polígono empresarial As Gándaras, parcela U2, calle Ramón María Aller Ulloa, nº 9, 27003 Lugo.

Denominación: reforma y telecontrol CD 1586 Ramil 2, Buxán.

Situación: ayuntamiento de Outeiro de Rei.

Características técnicas:

Reforma del CD (1586) Ramil 2, para una potencia máxima admisible de 630 kVA y una potencia instalada de 160 kVA, consisten en:

Obra civil.

– Construcción de pizarra de hormigón con mallo equipotencial en el suelo de la planta baja del edificio, realización de canales de cables, depósito de recogida de aceite, instalación de una nueva puerta de entrada, instalación de mamparas de protección y pintado de paredes, techo y suelo.

Obra eléctrica.

– Línea subterránea de media tensión Augas con origen en una celda de línea proyectada en el CT Ramil y final en una conversión en la LMT aérea Augas en la fachada del edificio del CT, con una longitud de 25 metros con conductor tipo RHZ1-150.

– Línea subterránea de media tensión Piago con origen en una celda de protección automático con interruptor proyectado en el CT Ramil 2 y final en una conversión en la LMT aérea Piago en la fachada del edificio del TC, con una longitud de 12 metros en conductor tipo RHZ1-150.

– Línea subterránea de media tensión Ombreiro con origen en una celda de protección con interruptor automático proyectada en el CT Ramil 2 y final en la LMT subterránea Ombreiro en el edificio del CT Ramil 2, con una longitud de 8 metros en conductor tipo RHZ1-150.

– Línea subterránea de media tensión CT Telleira (6932) con origen en una celda de protección proyectada en el CT Ramil 2 y final en una conversión en la LMT aérea a CT Telleira (6932), con una longitud de 25 metros en conductor tipo RHZ1-150.

– Cambio de ubicación del transformador existente de 160 kVA, pasando a ubicarse en la planta baja del edificio, instalación de una celda de protección de transformador, desmontaje de la aparamenta y embarrado al aire de media tensión.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuanta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para a realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

Lugo, 16 de julio de 2019

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo