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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Martes, 23 de julio de 2019 Pág. 34139

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ACUERDO de 2 de julio de 2019, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Narón (expediente-e IN407A 2019/108-1).

Expediente-e: IN407A 2019/108-1.

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMT, CT y RBT Vilar-San Mateo.

Ayuntamiento: Narón.

Características técnicas:

– Línea eléctrica de media tensión aérea a 15 kV con una longitud de 552 m con origen en el apoyo núm. 43-A10 existente de la LMT.SMR711 (expediente: 27047), en el tramo de la derivada al CT Confurco (expte.: 47/03), conductor tipo LA-56 mm2 Al y final en el CT Vilar (proyectado).

– Centro de transformación intemperie Vilar con una potencia de 100 kVA y una relación de transformación de 15.000/400 V.

Legislación de aplicación:

1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

2. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

3. Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de deciembre).

4. Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

5. Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

6. Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

7. Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se acompaña a esta resolución.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar alegaciones en el Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de Economía, Empleo e Industria, sita en la calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, en el plazo de veinte días a partir del día siguiente al de la última publicación de este anuncio.

Asímismo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando las personas propietarias o titulares de derechos sobre las fincas afectadas sean desconocidas, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

A Coruña, 2 de julio de 2019

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

ANEXO

Expediente-e: IN407A 2019/108-1.

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMT, CT y RBT Vilar-San Mateo.

Ayuntamiento: Narón.

Relación de propietarias/os, bienes y derechos afectados

Abreviaturas: ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales; m² aér.: superficie de servidumbre aérea en m².

Núm. de finca

Paraje

Cultivo

Propietaria/o

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de energía eléctrica

Núm. apoyo

ml aér.

m² aér.

1

Pillueiro

Labor

Hdros. de Edelmiro Díaz Gato

9.0

111.0

2

Pillueiro

Labor

María Teresa Yáñez Martín

1

2.0

20.0

218.0

4

Pillueiro

Labor

José Luis Esperante Basanta

41.0

5

Pillueiro

Labor

Pura Doce Grandal

39.0

7

Pillueiro

Prado

Hdros. Manuel Díaz Doce

15.0

224.0

8

Agrelo

Prado

Santiago Lorenzo Díaz

35.0

444.0

9

Agrelo

Labor

Manuela Montero López

18.0

182.0

10

Agrelo

Labor

Josefa Fernández Santiago

11.0

339.0

11

Agrelo

Eucaliptos

Amelia Pérez Dopico

89.0

13

Calliqueira

Prado

Josefa Lorenzo Díaz

2

2.0

64.0

906.0

14

Agrelo

Labor

María del Carmen Díaz Bouza

96.0

15

Calliqueira

Prado

Emilio Naveiras Blanco y esposa

52.0

724.0

16

Agrelo

Prado

Andrés Mosquera López

10.0

132.0

17

Agrelo

Prado

José Antonio Puentes Pérez

16.0

256.0

19

Agrelo

Prado

José Pérez López

11.0

20

Vilar

Labor

José Pérez López

½ 3

1.0

162.0

2401.0

22

Vilar

Prado

María del Carmen Díaz Bouza

18.0

254.0

23

Vilar

Labor

María José Vázquez Lorenzo y hermanos

4

2.0

34.0

543.0

24

Vilar

Eucaliptos

José Pérez López

102.0

27

Pena Longa

Monte bajo

Consellería del Medio Rural y del Mar. Servicio de Infraestructuras Agrarias de A Coruña

5 y ½ 6 - centro transf.

15.0

30.0

356.0

28

Pena Longa

Eucaliptos

José Pérez López

½ 6 - centro transf.

5.0

1.0

16.0