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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Martes, 16 de julio de 2019 Pág. 33274

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2019, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la Resolución do 1 de julio de 2019, relativa a la primera adjudicación, en fase de resultas, del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 8 de abril de 2019 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles dependientes de esta consellería en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2019.

Mediante la Orden de 8 de abril de 2019 (DOG nº 76, de 22 de abril) se establecieron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para adjudicar el uso de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2019, en los términos establecidos en la orden y con la distribución de plazas recogida en el anexo I de la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.4 de la Orden de convocatoria, el órgano competente para resolver es la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social.

Así mismo, el artículo 9 de la citada orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 1 de julio de 2019, dictada en el procedimiento BS304A, relativa a la primera adjudicación, en fase de resultas, de uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 8 de abril de 2019 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2019.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 1 de julio de 2019 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia.

No obstante, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 4 de julio de 2019

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO

Resolución de 1 de julio de 2019, dictada en el procedimiento BS304A, relativa a la
primera adjudicación, en fase de resultas, del uso de instalaciones juveniles al
amparo de la Orden de 8 de abril de 2019 por la que se regula el uso de instalaciones
juveniles dependientes de la Consellería de Política Social en régimen de oferta
concertada durante la Campaña de verano 2019

Mediante la Orden de 8 de abril de 2019 (DOG nº 76, de 22 de abril) se establecieron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para adjudicar el uso de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2019, en los términos establecidos en la orden y con la distribución de plazas recogida en el anexo I de esta.

El día 22 de mayo de 2019 la directora general de Juventud, Participación y Voluntariado dictó la resolución de adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 8 de abril de 2019, y el día 29 de mayo de 2019 se publicó en el DOG la resolución de 23 de mayo de 2019 de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la citada Resolución de 22 de mayo de 2019.

El artículo 11 de la orden de convocatoria prevé que en caso de que una vez adjudicadas las plazas conforme a los artículos precedentes quedasen plazas sobrantes, estas se pondrán a disposición de cualquier entidad o grupo interesado que cumpla los requisitos del artículo 3, mediante la apertura de un nuevo período de solicitudes en fase de resultas.

Las plazas disponibles en esta fase de resultas se publican en la página web de xuventude (http://xuventude.xunta.es/).

El punto 2 del citado artículo 11 señala que, una vez publicadas las plazas disponibles, las entidades y grupos interesados remitirán su solicitud de plazas mediante un correo electrónico, al correo ofertaconcertada.benestar@xunta.gal, con una antelación mínima de 7 días hábiles a la fecha de inicio de la estancia que se solicita.

Las entidades y los grupos que remitiesen el anexo de solicitud en el plazo del artículo 4 y no resultasen adjudicatarias, por aplicación de los criterios recogidos en el artículo 7, tendrán prioridad respecto de otras entidades y grupos solicitantes que las demanden por primera vez en esta fase de resultas. Dispondrán de la prioridad señalada durante un plazo de 10 días hábiles contado a partir de la publicación de las plazas de resultas en la página web.

Asimismo, el punto 3 establece que la adjudicación de las plazas de resultas se realizará por orden de recepción de solicitudes, sin perjuicio de la prioridad señalada en el párrafo anterior. A estos efectos, la adjudicación de plazas entre las entidades y grupos solicitantes con prioridad se realizará, así mismo, por orden de recepción de solicitudes en el plazo de 10 días hábiles señalado.

Examinadas las solicitudes recibidas desde la publicación de las plazas disponibles en fase de resultas hasta el día de hoy y una vez aplicado el criterio de prioridad señalado, atendiendo al orden de recepción de solicitudes, procede dictar esta primera resolución de adjudicación de plazas en fase de resultas, del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 8 de abril de 2019 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2019.

Esta Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado es competente para resolver, por delegación de la conselleira de Política Social, según lo dispuesto en el artículo 8.4 de la orden de convocatoria.

Con base en lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Adjudicar, en fase de resultas, el uso de las instalaciones juveniles en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2019 a las entidades relacionadas en el anexo I, en los términos que se exponen en dicha relación.

Segundo. Las entidades adjudicatarias deberán cumplir las obligaciones previstas en los artículos 12, 13 y 14 de la Orden de 8 de abril de 2019.

La documentación indicada en los citados artículos deberán presentarla en el Servicio de Juventud y Voluntariado de la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social correspondiente a la provincia en que esté la instalación adjudicada, conforme a lo señalado en los artículos 12 y 13 de la orden.

Si, transcurridos los plazos que se indican en los citados artículos, no se cumplieran las obligaciones correspondientes, se declarará, mediante la oportuna resolución, el incumplimiento de las condiciones de la resolución de adjudicación y las plazas adjudicadas quedarán a disposición de los/las demás solicitantes.

Tercero. La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación.

No obstante, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Cuarto. La publicación de esta resolución producirá los efectos de notificación, en los términos establecidos en el artículo 9 de la Orden de 8 de abril de 2019 y en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 1 de julio de 2019. La conselleira de Política Social. P.D. (Orden de 8.4.2019). Cristina Pichel Toimil. Directora General de Juventud, Participación y Voluntariado.

ANEXO I

Entidades adjudicatarias en fase de resultas

Expediente

Entidad adjudicataria

Localidad

Instalación adjudicada

Fechas

Plazas

2019/16

Ayuntamiento de Marín

Marín

Campamento juvenil A Devesa

02-11/08

30

2019/17

Ayuntamiento de Marín

Marín

Campamento juvenil Illa de Ons

11-18/08

30

2019/18

Ayuntamiento de Santa Comba

Santa Comba

Campamento juvenil Virxe de Loreto

13-20/08

30

2019/19

Ayuntamiento de Lalín

Lalín

Campamento juvenil A Devesa

16-21/08

40

2019/20

Ayuntamiento de Lalín

Lalín

Campamento juvenil A Devesa

22-27/08

30