Yo, María Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 638/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Emilia Borrajo Fernández, se ha dictado la siguiente resolución:
Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social núemro 3 de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos 638/2017, seguidos a instancia de Emilia Borrajo Fernández, asistida por la letrada Pilar Leis Puñal, contra Grupo Extinción y Creación, S.L.
Fallo
Se estima la demanda presentada a instancia de Emilia Borrajo Fernández, contra Grupo Extinción y Creación, S.L. y, en consecuencia, condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad total de 2.713,79 euros como cantidades adeudadas, más el interés de mora del 10 % sobre dicha cantidad, y se condena a la empresa a la corrección de los datos comunicados al SPEE por tiempo de 89 días de trabajo a tiempo completo, y a la regularización y cotización del tiempo efectivamente trabajado y no cotizado ante la TGSS, y cotizando a tiempo completo por la cantidad total de 1.141,74 euros.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Grupo Creación y Extinción, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 25 de junio de 2019
La letrada de la Administración de justicia