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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Martes, 9 de julio de 2019 Pág. 32349

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 20 de junio de 2019, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2019022AL-PO, por infracción en materia sanitaria.

El 13 de junio de 2019 la jefa territorial de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador 2019022AL-PO, incoado a la persona titular del NIE X9333618B.

Tras intentar la notificación de esta resolución según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a la persona titular del NIE X9333618B el contenido de dicha resolución, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento de la misma.

En caso de estar conforme con esta resolución, deberá hacer efectiva la multa en el siguiente plazo:

1. Si la publicación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2. Si la publicación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Para ello deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Sanidad, Edificio Administrativo San Lázaro, en Santiago de Compostela, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 ,de 1 de octubre . Asimismo se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 20 de junio de 2019

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número de expediente: 2019022AL-PO.

NIE de la persona denunciada: X9333618B.

Hecho imputado: infracción de lo previsto en la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Preceptos infringidos:

– Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios:

– Artículo 3: «Obligaciones generales de los operadores de empresa alimentaria. Los operadores de empresa alimentaria se cerciorarán de que en todas las etapas de la producción, la transformación y la distribución de alimentos bajo su control se cumplen los requisitos de higiene pertinentes contemplados en el presente Reglamento».

– Artículo 4: Requisitos generales y específicos en materia de higiene. Apartado 2: «Los operadores de empresa alimentaria que desempeñen su actividad en cualquiera de las fases de producción, transformación y distribución de alimentos posteriores a aquellas a las que es de aplicación el apartado 1 cumplirán las normas generales de higiene que figuran en el anexo II...».

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 51.1 párrafo 10 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción propuesta: tres mil trescientos treinta y tres euros con treinta y tres céntimos (3.333,333 €).