Raquel Blanco Pérez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, hace saber:
Como consecuencia del ignorado paradero de la parte demandada, José Luis Martínez Sardo.
Cédula de notificación.
En el presente procedimiento se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
Sentencia número 683/2019.
Juez que la dicta: magistrada jueza Guede Gallego.
Lugar: Ourense.
Fecha: 6 de junio de 2019.
Sentencia de divorcio.
Vistos los presentes autos número 1497/2018 sobre divorcio, promovidos por la procuradora Sra. Cadaveira, en nombre y representación de Sugey Patricia Prado Torres, como demandante, asistida por el letrado Sr. Somoza, frente a José Luis Martínez Sardo, declarado en rebeldía.
Fallo.
Acuerdo la disolución del matrimonio formado por Sugey Patricia Prado Torres y José Luis Martínez Sardo con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución.
No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.
Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días, recurso de apelación (artículo 457 y ss. LEC) ante este tribunal, debiendo constituir el depósito legalmente establecido.
Y una vez firme esta resolución, comuníquese de oficio para su anotación en el Registro Civil en donde figura la inscripción del matrimonio cuya disolución se declara.
Así lo acuerda, manda y firma S.Sª. Doy fe».
En virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497.2 de la LEC, se expide el presente edicto para que sirva de notificación en legal forma al demandado, José Luis Martínez Sardo.
Ourense, 7 de junio de 2019
La letrada de la Administración de justicia