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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Lunes, 8 de julio de 2019 Pág. 32168

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda)

EDICTO (PO 4363/2016).

Yo, Miguel Formoso Sobrado, letrado de la Administración de justicia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento ordinario 4363/2016 de esta sala, seguido a instancia de Vodafone España, S.A. (antes Airtel Móvil, S.A.) contra el Ayuntamiento de Mos (Pontevedra), se dictó sentencia 8/2019, de 15 de enero, firme desde el 22 de marzo de 2019, que contiene el siguiente fallo:

«Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Vodafone España, S.A.U. contra la aprobación definitiva de la ordenanza municipal general de medio ambiente del municipio de Mos, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra número 114, de 15 de junio de 2016, con los siguientes pronunciamientos:

1º. Anular los artículos 405, 407 y 408 de la ordenanza impugnada.

2º. Anular parcialmente los siguientes preceptos de dicha ordenanza:

– El artículo 411: se anula sólo en cuanto establece que los operadores están obligados a “incorporar las mejoras tecnológicas que aparezcan y contribuir a reducir los niveles de emisión de los sistemas de radiantes”.

– El artículo 404 se anula parcialmente en cuanto establece que “El presente título tiene por finalidad la armonización del despliegue de las redes de radiocomunicación con la protección de la salud y de las personas”.

3º. No ha lugar a la anulación de los artículos 409 y 413».

Y para publicar en el diario oficial en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, expido y firmo este edicto.

A Coruña, 17 de junio de 2019

El letrado de la Administración de justicia