La persona titular de la Jefatura Territorial de Ourense dictó la resolución del expediente sancionador OU-02094-O-2018 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifica la resolución dictada a la persona interesada.
Se le informa de que el expediente sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Ourense.
Se le comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
La sanción impuesta fue abonada anticipadamente con una reducción de su importe conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
Ourense, 11 de junio de 2019
Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense
ANEXO
Expediente Matrícula |
DNI/CIF persona sancionadora |
Infracción cometida Fecha, hora Carretera, p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
OU-02094-O-2018 3338-DJM |
53177416J |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 11.10.2018, 15.30 A52, 224 |
Artículo 142.8 de la LOTT |
Artículo 143.1.b) de la LOTT |
201 euros |