Intentada la notificación del siguiente acuerdo del concejal delegado de Urbanismo de fecha 6 de septiembre de 2018 y al no resultar posible su práctica efectiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, se procede a notificar mediante la publicación en el BOE, DOG y tablón de anuncios del Ayuntamiento lo siguiente:
Acto a notificar |
Propietario |
Parcela catastral |
Acuerdo de incoación de eliminación de árboles y maleza en un terreno sito en A Rañada-Cabreira |
DNI: 35781258-C |
Pol.104 Parcela 332 |
Se requiere a los propietarios para que en el plazo máximo de quince (15) días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, procedan a la gestión de la biomasa en la parcela indicada, de conformidad con los artículos 21 y 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y artículos 135 y 136 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
En caso de incumplimiento, se podrá proceder a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, comiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22 de la Ley 3/2007; o a la ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas de 1.000 a 10.000 euros, reiterables hasta lograr la ejecución de lo ordenado. Todo ello, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.
El texto íntegro del documento y resto de trámites del expediente podrán ser consultados, por comparecencia del interesado, en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Salvaterra de Miño para su conocimiento.
Salvaterra de Miño, 4 de junio de 2019
Arturo Grandal Vaqueiro
Alcalde