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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Lunes, 24 de junio de 2019 Pág. 29968

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 278/2019-M).

Tipo y número de recurso: RSU. Recurso de suplicación 278/2019-M

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 558/2017. Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

Recurrente: María Ángeles Fuentes Ríos

Abogado: Jorge Ulla Rocha

Recurridos: Fogasa, Nueva Omsa España, S.A., Sara Lee de España, S.A.

Abogados: letrado/a de Fogasa, Josep Xavier Gambus Picart

Procuradora: Laura Carnero Rodríguez

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 278/2019 de esta sección, seguido a instancia de María Ángeles Fuentes Ríos contra Fogasa, Nueva Omsa España, S.A. y Sara Lee de España, S.A., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el letrado Jorge Ulla Rocha, en nombre y representación de María Ángeles Fuentes Ríos, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de los de Santiago de Compostela, en fecha 17 de septiembre de 2018, en autos seguidos a instancia de la recurrente frente a las empresas Nueva Omsa España, S.A. y Sara Lee de España, S.A., sobre despido, en los que ha sido citado como parte el Fondo de Garantía Salarial, debemos confirmar y confirmamos la resolución recurrida.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Para que sirva de notificación en legal forma a Sara Lee de España, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de mayo de 2019

La letrada de la Administración de justicia