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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Jueves, 20 de junio de 2019 Pág. 29638

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 4 de junio de 2019 por el que se notifica la resolución de ejecución subsidiaria derivada del expediente SIL/69/2013.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el 15 de abril de 2019 dictó resolución de ejecución forzosa, mediante la ejecución subsidiaria a costa de Marta Díaz Lorenzo y, en su caso, de sus causahabientes, de la Resolución de 28 de septiembre de 2001 que ordenó volver los terrenos al estado anterior a la realización de obras objeto del expediente SIL/69/2013 (10.15/98, 63.3/98 y 63.6/00), tramitados por actuaciones abusivas en el lugar de playa de Area da Cruz, en el término municipal de O Grove, dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre y careciendo de la preceptiva autorización.

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a Marta Díaz Lorenzo, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la interesada dicha resolución mediante un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándole que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes al acuerdo de ejecución subsdiaria, siendo motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron o pudieron esgrimirse frente a la resolución de la que el presente acuerdo es un mero acto de ejecución. Si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede inerponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente de la presente notificación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a la destinataria arriba indicada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 4 de junio de 2019

Jose Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística