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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Lunes, 17 de junio de 2019 Pág. 28769

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (670/2017).

ORD procedimiento ordinario 670/2017-6

Procedimiento origen: /

Sobre otras materias

Demandantes: Ramona Pereira Basalo, Juan Manuel Pereira Basalo, Julio Pereira Basalo

Procurador: José Paz Montero

Abogado: Andoni Antruejo Sánchez

Demandada: Promociones Panamá 14, S.A.

En este órgano judicial se tramita procedimiento ordinario 670/2017, seguido a instancias de Ramona Pereira Basalo, Juan Manuel Pereira Basalo y Julio Pereira Basalo, contra Promociones Panamá 14, S.A. en ignorado paradero, en los que se ha dictado Sentencia de fecha 18 de febrero de 2019 siendo el contenido del encabezamiento y fallo el siguiente:

«Sentencia

En Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2019.

Vistos por M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario nº 670/2017, seguidos a instancia de Ramona, Juan Manuel y Julio Pereira Basalo, representados por el procurador Sr. Paz Montero, bajo la asistencia letrada de Sr. Antruejo Sánchez, contra Promociones Panamá 14, S.A., en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Se estima la demanda presentada por el procurador Sr. Paz Montero en el nombre y representación invocada y, en consecuencia, se condena a la demandada Promociones Panamá 14, S.A. a pagar a los demandantes la cantidad de sesenta y dos mil cuatrocientos euros (62.400 €) más los intereses legales de dicha cantidad a contar desde la fecha de reclamación extrajudicial, así como al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo juzgado dentro de los veinte días siguientes a aquel en que se notifique esta resolución. Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el importe de 50 €, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Así lo acuerda, manda y firma, M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela».

Santiago de Compostela, 8 de abril de 2019

La letrada de la Administración de justicia