Antecedentes.
El artículo 6.2 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y el artículo 12.2 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, determinan que los espacios destinados a sendas para peatones o para la circulación de ciclistas, tengan la consideración de elementos funcionales de la carretera. Teniendo en cuenta este precepto, la Xunta de Galicia elaboró la Estrategia en materia de movilidad alternativa de Galicia, entre cuyos objetivos está el fomento de los sistemas de transporte alternativos a los motorizados que permitan minimizar las repercusiones sobre el medio ambiente y sus impactos sociales y económicos.
Los beneficios esperados con esta iniciativa son, entre otros, la mejora de la movilidad, la mejora de la calidad del aire, de la salud, de la igualdad y bienestar de la economía, del patrimonio y del urbanismo.
En fecha 2 de noviembre de 2016, la Agencia Gallega de Infraestructuras aprobó, en base a la Estrategia en materia de movilidad alternativa de Galicia, el documento Estrategia en materia de movilidad alternativa en la comarca de O Morrazo y ayuntamientos limítrofes, donde una de las sendas propuestas era en la PO-551 que ahora se desarrolla mediante el proyecto constructivo para el fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-551, tramo: Trasouto-Alto da Portela-CG-4.1, p.k. 12+720-14+440, de clave: PO/16/267.06.
El objeto del proyecto es la justificación y definición de las obras de construcción de una senda peatonal y ciclista en la carretera PO-551, en el tramo comprendido entre el p.k. 12+720-14+440 (aproximadamente), en el ayuntamiento de Bueu, entroncando la nueva senda en su parte inicial con las aceras existentes y formalizando, de este modo, un itinerario continuo.
La senda presentará dos tipologías a lo largo de la actuación:
• En la mayor parte del tramo se ejecutará una senda de hormigón coloreado con un ancho mínimo de 1,8 m, separada de la calzada por un borde de hormigón.
• En zonas puntuales, en las que existen importantes limitaciones de espacio disponible, la senda se ejecutará sobre la zona de arcén existente, mediante la aplicación de un slurry en un ancho mínimo de 1,5 m y con los separadores plásticos entre la senda y la calzada.
Se realizarán tambien algunas actuaciones complementarias a la construcción de la senda, necesarias para garantizar su funcionalidad, como son la construcción de perpiaños en base de terraplén y la colocación de un refugio en el p.k. 14+150.
Considerando todo lo expuesto y lo establecido en la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y en el artículo 50 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, el proyecto de construcción se somete al trámite de información pública, durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que las personas que lo consideren oportuno puedan formular por escrito, ante la Agencia Gallega de Infraestructuras, las observaciones que crean convenientes relativas a la concepción global del trazado diseñado.
Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que aprueba el Reglamento de expropiación forzosa, se somete a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente, para que los afectados presenten cuantas alegaciones o rectificaciones consideren convenientes en cuanto a los bienes y derechos descritos en la relación anexa.
Tercero. La exposición al público, a los efectos de la presente resolución, se realiza en la Agencia Gallega de Infraestructuras (San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), en el Servicio de Infraestructuras de Pontevedra (avenida Mª Victoria Moreno, 43-1º, 36071 Pontevedra) y en el Ayuntamiento de Bueu (calle Eduardo Vicenti, 8, 36930 Bueu, Pontevedra).
Asimismo, en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad (http://Infraestructurasemobilidade.xunta.gal/organizacion/c/CIV_Axencia_Galega_de_Infraestructuras), se encuentra a disposición de los interesados el documento completo del proyecto de construcción.
Santiago de Compostela, 5 de junio de 2019
Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras
ANEXO
Relación de bienes, derechos y propietarios afectados
Proyecto de construcción.
Fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-551. Tramo: Trasouto-Alto da Portela-CG-4.1, p.k. 12+720-14+440, clave: PO/16/267.06.
Ayuntamiento de Bueu.
Nº |
Ref. catastral |
Titular |
Tipo terreno |
Clasf. urbanística |
Sup. afectada (m2) |
Bienes afectados |
1 |
36004A02600583 |
Freijomil Fernández, José |
Rústico |
Suelo rústico de protección de infraestructuras con plan especial |
10 |
12 árboles (valoración 600 €) |
2 |
36004A02600598 |
Rodríguez Galup, Julia |
Rústico |
Suelo rústico de protección de infraestructuras con plan especial |
49 |
-- |
3 |
36004A02500250 |
Otero Castro, Cristina |
Rústico |
Suelo rústico de protección de infraestructuras con plan especial |
207 |
-- |
4 |
36004A02500289 |
Vilas Curras, José |
Rústico |
Suelo rústico de protección de infraestructuras con plan especial |
22 |
-- |
5 |
36004A02500297 |
Curra Couso, Carmen |
Rústico |
Suelo rústico de protección de infraestructuras con plan especial |
16 |
-- |
6 |
36004A02500366 |
Fernández Currás, Asunción |
Rústico |
Suelo rústico de protección de infraestructuras con plan especial |
14 |
-- |
7 |
36004A02401076 |
Montejano Bernárdez, Aurelio |
Rústico |
Suelo rústico de protección de infraestructuras con plan especial |
9 |
-- |