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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Viernes, 14 de junio de 2019 Pág. 28581

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (PO 1135/2016-MA).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 1135/2016 a instancia de Ramón Saiz González contra Comedores de Obra Móviles, S.L. y Fogasa sobre procedimiento ordinario, en los que recayó la Sentencia de 21 de mayo de 2019 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Ramón Saiz González frente a la empresa Comedores de Obra Móviles, S.L., y en consecuencia:

– Se condena a la empresa Comedores de Obra Móviles, S.L. a abonar a Ramón Saiz González la cantidad de dos mil quinientos setenta euros con setenta y dos céntimos de euro (2.570,72 euros) incrementados con los intereses legales.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a Comedores de Obra Móviles, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 24 de mayo de 2019

La letrada de la Administración de justicia