La persona titular del Servicio de Movilidad de Lugo acordó la incoación del expediente sancionador LU-00703-O-2019 y dos más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Lugo.
Se les otorga un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
Lugo, 16 de mayo de 2017
Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo
ANEXO
Expediente Matrícula |
DNI/CIF denunciado |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
LU-00703-O-2019 LU-0941-W |
33543800W |
Exceso de peso igual o superior a 25 %. 1.4.2019; 18.45; LU-541; 543,8 |
Art. 140.23 LOTT Art. 197.26 ROTT |
Art. 143.1.c) LOTT Art. 201.h) ROTT Art. 143.1 LOTT |
2.001 euros |
LU-00704-O-2019 LU-0941-W |
33543800W |
La desatención total o parcial de las instrucciones o requerimientos de los miembros de la inspección del transporte terrestre o de las fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte en carretera. 1.4.2019; 16.25; LU-541; 0,0 |
Art. 140.12 LOTT Art. 197.13 ROTT |
Art. 143.1 LOTT Art. 201.i) ROTT |
4.001 euros |
LU-00710-O-2019 6820-DYK |
44491536Z |
La realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario de servicios que no cumplen alguna de las condiciones del artículo 102.2 de la LOTT. 8.4.2019; 9.14; LU-901; 16,0 |
Art. 140.1 LOTT Art. 197.1 ROTT |
Art. 201.i) ROTT Art. 143.1 LOTT |
4.001 euros |