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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Lunes, 10 de junio de 2019 Pág. 27903

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 24 de mayo de 2019 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación Luis Triñanes, varada en el puerto de Escarabote.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a Luis Antonio Triñanes Trilanes, con DNI ***8783**, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Acuerdo de 13 de mayo de 2019 de la Presidencia de la entidad pública Puertos de Galicia, que inicia procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación Luis Triñanes, con folio 4ª-VILL-3-191-91, varada en el puerto de Escarabote, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El acuerdo se emite por encontrarse la embarcación depositada sin actividad ni mantenimiento alguno en la rampa de varada del puerto de Escarabote y sin abonar tasas, desde que fue reflotada por el personal de Puertos de Galicia tras su hundimiento en noviembre de 2018, en base a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre (DOG núm. 236, de 14 de diciembre), de puertos de Galicia.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento, es el presidente de Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

La instrucción del procedimiento recae en Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, siendo su régimen de recusación el consignado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre), de régimen jurídico del sector público.

Se otorga al propietario del buque un plazo máximo de 10 días para formular alegaciones.

Se advierte, que de acuerdo con la normativa más arriba citada, llegado el término de declarar al buque abandonado, este pasará a ser propiedad de Puertos de Galicia, lo que no impedirá que todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre el buque sean a costa del anterior propietario.

Para su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los servicios centrales de Puertos de Galicia en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2019

José Juan Durán Hermida
Presidente de Puertos de Galicia