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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Viernes, 24 de mayo de 2019 Pág. 25188

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 51/2019, de 9 de mayo, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de fomento de la movilidad sostenible, senda en la LU-621, tramo A Pobra de San Xiao–Urbanización de Valdriz, con la clave LU/16/251.06, en el ayuntamiento de Láncara.

Antecedentes:

Primero. En el Diario Oficial de Galicia núm. 192, de 8 de octubre de 2018, se publicó el Anuncio de 1 de octubre de 2018 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de fomento de la movilidad sostenible, senda en la LU-621, tramo A Pobra de San Xiao-Urbanización de Valdriz, con la clave LU/16/251.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de las alegaciones, informes y certificados presentados, el 24 de abril de 2019 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de fomento de la movilidad sostenible, senda en la LU-621, tramo A Pobra de San Xiao-Urbanización de Valdriz, con la clave LU/16/251.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto la ejecución de una senda compartida peatón-bici, por el margen izquierdo de la carretera LU-621, desde el punto kilométrico 0+580 al 1+040, en el ayuntamiento de Láncara, con una longitud total de actuación de 460 metros.

Los beneficios esperados con esta iniciativa son, entre otros, la mejora de la movilidad, la mejora de la calidad del aire, de la salud, de la igualdad y bienestar de la economía, del patrimonio y del urbanismo.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día nueve de mayo de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de fomento de la movilidad sostenible, senda en la LU-621, tramo A Pobra de San Xiao-Urbanización de Valdriz, con la clave LU/16/251.06.

Santiago de Compostela, nueve de mayo de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad