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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Lunes, 6 de mayo de 2019 Pág. 21638

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (403/2017-MA).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 685/2018 a instancia de Filomena Ferreiro Núñez contra Muñeca Tendencias, S.L. y Creaciones Marijose, S.L. sobre DSP, en los que recayó sentencia en fecha 20 de febrero de 2019 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Filomena Ferreiro Núñez frente a Creaciones Marijose, S.L. y Muñecas Tendencias, S.L., estimándose la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por esta última, y en consecuencia:

– Se declara improcedente el despido efectuado por la demandada Creaciones Marijose, S.L. a la demandante.

– Se absuelve a Muñecas Tendencias, S.L. de las pretensiones frente a ella ejercitadas.

– Se condena a Creaciones Marijose, S.L. a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión de la actora o el abono de una indemnización de 1.442,10 euros, determinando el abono de dicha indemnización la extinción del contrato de trabajo; en el caso de optar por la readmisión, deberá abonar los salarios de tramitación a razón de 34,96 euros diarios.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Publicación. Leída y publicada ha sido la presente sentencia por el juez que la dictó en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a Creaciones Marijose, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 8 de abril de 2019

La letrada de la Administración de justicia