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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Martes, 30 de abril de 2019 Pág. 20975

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 46/2019, de 11 de abril, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Covelo, del tramo antiguo de la EP-5106, comprendido entre los puntos kilométricos 6+530 y 7+355.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Covelo solicita a la Diputación Provincial de Pontevedra el cambio de titularidad del tramo de la carretera EP-5106 entre los puntos kilométricos 6+530 y 7+355, que discurre por el barrio de Redondo, en la parroquia de Barcia de Mera, una vez que la diputación termine las obras de acondicionamiento del tramo antiguo de la EP-5106 Covelo-Barcia de Mera, desde el punto kilométrico 6+550 al punto kilométrico 7+350.

La Diputación Provincial de Pontevedra en el Pleno de la Corporación Provincial celebrado el día 28.9.2018 aceptó el cambio de titularidad propuesto.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día once de abril de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Covelo, del tramo antiguo de la EP-5106, comprendido entre el punto kilométrico 6+530 y el punto kilométrico 7+355.

Artículo 2

En aplicación de los números 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Covelo deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre Ayuntamiento y Diputación.

Artículo 4

Le corresponderán al Ayuntamiento de Covelo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, once de abril de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad