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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Jueves, 25 de abril de 2019 Pág. 20231

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 635/2018).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento despido/ceses en general 635/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Verónica García González contra Maruchi 2008 Peluquería, S.L., María José Martínez Alvariño, Mafiar, S.C., Aroa Chaudarca Martínez y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es como sigue:

Desestimo la demanda formulada por la representación procesal de la parte actora frente a Maruchi 2008 Peluquería, S.L., con absolución de los pedimentos deducidos frente a ella.

Estimo la demanda formulada por la representación procesal de la parte actora frente a Mafiar, S.C., María José Martínez Alvariño y Aroa Chaudarca Martínez en su condición de socias de la SC demandada y, en consecuencia:

1. Se declara extinguida, con fecha de la presente resolución, la relación laboral que une a la parte demandante con la sociedad demandada.

2. Se condena a las demandadas a abonar solidariamente a la parte actora la cantidad de 10.595,19 euros en concepto de indemnización por extinción de la relación laboral, así como la cantidad de 5.691.44 euros en concepto de salarios adeudados más los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET sobre dicha cantidad.

3. En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, no ha lugar a la condena en esta instancia, debiendo estarse a lo que resulte de aplicación del artículo 33 del ET con notificación de esta resolución.

No se hace imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Para que sirva de notificación en legal forma a Maruchi 2008 Peluquería, S.L., María José Martínez Alvariño, Mafiar, S.C. y Aroa Chaudarca Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2019

La letrada de la Administración de justicia