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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Miércoles, 24 de abril de 2019 Pág. 20016

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2019, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Camariñas (expediente IN407A 2018/167-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Junta de Compensación Sector Suelo Urbanizable UDI B1 Ponte, NIF V70413687.

Domicilio social: calle Outeiro, 62, Ponte do Porto 15121 Camariñas.

Denominación: LMTS, CT y RBT Parque Empresarial Ponte do Porto.

Situación: polígono empresarial de Ponte do Porto, Ponte do Porto, 15121 Camariñas.

Características técnicas:

– LMTS a 20 kV, de 2.600 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el paso A/S proyectado en el apoyo tipo C 14/3000-H35-CAIII proyectado al lado del apoyo 87 a retirar existente de la línea VIM-804, y final en el paso A/S proyectado en el apoyo tipo C 14/4500-H35-CA/CS proyectado al lado del apoyo 84 a retirar existente de la línea VIM-804.

– Desmantelamiento del tramo aéreo de la LMT VIM-804 de UFD entre los apoyos 84 y 87. Retirada de 4 apoyos.

– 3 CT (1, 2 y 4) compacto en envolvente prefabricada de hormigón en superficie con maniobra exterior (tipo 1), con una potencia de 630 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

– 1 CT (3) en edificio prefabricado de hormigón con maniobra interior (tipo 2), con una potencia de 630 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

– CT Curros-Ponte do Porto (15XBVJ) existente se conectará en anillo con CT proyectados mediante la LMTS proyectada.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales y, de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación se ejecutará en un plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La presente autorización se entiende otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que pueda incurrir el beneficiario en el ejercicio de la actividad o en la explotación de la instalación autorizada.

Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112,115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 27 de marzo de 2019

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña